Maquiavelo

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lunes, 4 de abril de 2011

El proceso jurídico de Jesucristo

El proceso jurídico de Jesucristo

Con motivo de la Semana Santa, un acontecimiento de singular importancia para el mundo católico se rememora y conmemora de manera esencial: la tragedia de Jesús de Nazaret, el fundador del cristianismo, su detención y pasión que lo llevó a la crucifixión y muerte y que culminó, de manera esplendorosa, con el triunfo de su resurrección.

Estos hechos son observados con naturalidad por la mayoría de los creyentes desde un punto de vista estrictamente religioso, porque ya se había profetizado en las escrituras e incluso fueron anunciados directamente por Jesús a sus apóstoles. Sin embargo, en este artículo y desde la óptica de mi profesión, pretendo ofrecer al lector una visión distinta de tales acontecimientos: la jurídica, desde la detención y el proceso de Jesús hasta la ejecución de la sentencia, a la luz de la legislación aplicable en aquellos tiempos: el Derecho Hebreo y el Derecho Romano, sin soslayar la importancia e influencia que tuvo el procesamiento de Cristo en el orden jurídico latino que se estudia en las escuelas de leyes aún en la actualidad.

En la época de la vida de Jesús, la provincia de Judea era gobernada por la dinastía de los Herodes y estaba sometida tributariamente al dominio imperial de Roma, que ejercía el control a través de procuradores entre los que descuella Poncio Pilatos por ser protagonista en el relato de la crucifixión. Lo destacable aquí es la coexistencia pacífica de la organización político-religiosa, las leyes, tradiciones y costumbres judías con el poder y el orden jurídico romano, aplicable solamente en ciertos casos y de manera particular en delitos graves de carácter político. La legislación hebrea estaba contenida prioritariamente en los cinco libros del pentateuco, a saber, Génesis, Éxodo, Levítico, Números y Deuteronomio, que contenían el fundamento del Sanedrín y la tipificación de delitos y las penas aplicables. De ahí que el proceso jurídico de Jesucristo haya sido llevado, por decirlo en términos legales modernos, en dos instancias: la primera ante las autoridades judías (Anás, Caifás, Herodes y el tribunal supremo: Sanedrín), y la segunda ante el procurador romano: Poncio Pilatos, con la infructuosa intervención de su esposa Prócula, que no pudo convencer a su consorte de la absoluta inocencia de Jesús.

Jesucristo vino a la Tierra para redimir a su pueblo y al mundo, para liberarnos del pecado y ofrecernos la salvación; pero los judíos contemporáneos suyos, incluidos algunos apóstoles que ya se disputaban lugares en el próximo reino, se forjaban un mesías real, guerrillero, conquistador temporal que iba a restituir a Israel su independencia política y tributaria. Pero cuando Cristo les empezó a anunciar un reino espiritual, ajeno a las riquezas terrenales, y les habló de poner la segunda mejilla si recibían un golpe en la primera, y de perdonar hasta setenta veces siete; y que sin embargo hacía milagros y ganaba seguidores, la élite religiosa judía, celosísima de la ley mosaica que Jesús no vino a abrogar sino a reformar, empezó a urdir su muerte, máxime que el Domingo de Ramos anterior a la cena pascual había entrado solemne a Jerusalén montado en un asno y aclamado por el pueblo como el hijo de David y rey de los judíos. Y supuestamente por el temor de los ancianos, de los príncipes de los sacerdotes y de los escribas del templo en un alboroto del pueblo, fue que tramaron su muerte. Judas Iscariote, a cambio de treinta monedas de plata, se comprometió a entregarlo, como en efecto lo entregó con un beso. Jesús, después de la última cena de la noche del jueves, se fue con algunos de sus discípulos, entre ellos Pedro, a orar en el huerto de Getsemaní y hasta allá llegó Judas con un grupo de hombres linternas en mano, armados con lanzas y palos y aprehendiendo a Jesús lo trasladaron a la casa de Anás, el sumo sacerdote destituído que ejercía un poder real en el templo; después fue llevado a la casa de Caifás y luego ante el pleno del Sanedrín donde fue interrogado sobre su divinidad, acusado por testigos falsos y sentenciado por el delito de blasfemia a la pena capital, la cual debía aplicarse por lapidación pública. El viernes por la madrugada Jesús fue presentado ante el procurador Pilatos acusado por los judíos “por desorientar a nuestra gente, prohibir que se dé tributo al César y diciendo que él es el mesías rey.” Pilatos dijo a los príncipes de los sacerdotes y a la muchedumbre: No encuentro crimen alguno en este hombre. Y al constatar que Jesús era galileo, lo remitió a la jurisdicción de Herodes que se encontraba en Jerusalén con motivo de la Pascua, pero éste después de insultarlo y burlarse de él junto con su soldadesca, hizo que lo vistieran con ropa de rey y en son de mofa se lo envió nuevamente a Pilatos. Éste advirtió a los escribas y a la turba enardecida que no encontraba delito manifiesto en aquel hombre, y con el afán de escudarse y al ser advertido por su esposa Prócula de la inocencia de Jesús, sometió a consideración de la muchedumbre la absolución de Cristo o la del criminal Barrabás, optando finalmente los judíos por liberar a éste último y condenar a Jesús, por lo que Pilatos lavándose las manos en señal de indecisión y excusa dejó a disposición de los príncipes sacerdotes y escribas del pueblo al condenado nazareno a que lo azotaran, y en medio de grandes tormentos fue llevado al Calvario donde le dieron muerte crucificándolo.


DETENCIÓN VICIADA

Según se advierte de la lectura de los evangelios, la detención de Jesús está viciada de origen, pues no hay señales de acusación previa y de mínimo respeto a alguna formalidad para mandar aprehenderle. Simplemente se valieron de la nocturnidad y de sobornar a Judas, y mandaron por él a gente armada con lanzas y palos para que lo llevaran, durante la misma noche, a la casa de Anás, quien inclusive no era miembro del Sanedrín y el único motivo que tuvo para interrogar a Jesús era ser suegro de Caifás, éste sí prominente personaje del “Tribunal de Jehová”. La pregunta que Anás formuló al detenido lleva implícita la causa de la detención de Jesús: ¿Quién te ha dado autoridad para hablar en nombre de Dios y contra la autoridad de los profetas? Y la respuesta que revela la misión pública de Cristo despojada de cualquier acción sediciosa, no se hizo esperar: “Qué me preguntas pues a mí, si mi testimonio ninguna fuerza debe hacerte; pregúntale a aquellos que me han oído, puesto que no te será difícil hallarlos y éstos te contestarán”. El interrogatorio de Anás constituye una preinstrucción ilegal en la urdimbre jurídica del proceso de Jesús porque violenta principios procesales de jurisdicción, publicidad y diurnidad que estaban previstos en el derecho hebreo cuyos libros bíblicos establecían que el órgano competente para conocer de delitos religiosos era el Sanedrín que se reunía en un lugar llamado “Gazith”, en donde debería tener acceso el público y las diligencias no podrían prolongarse después de la puesta del sol.

La instrucción del proceso de Cristo se llevó propiamente en el Palacio de Caifás donde se buscó un testimonio en contra de Jesús. Algunos, que la historia bautiza como Ananías y Achazías, dieron testimonios falsos y divergentes de oídas acusándolo de haber dicho que él destruiría el templo y en tres días lo edificaría. Después de interrogar a Jesús, el sumo sacerdote se rasgó sus vestiduras, diciendo: “¬Qué necesidad tenemos de más testimonios. Ya oyeron ustedes la blasfemia, qué les parece”. Y todos lo juzgaron digno de muerte. Así se tipificó el delito religioso de blasfemia, con la supuesta confesión del inculpado y testigos de oídas, mientras Pedro negaba a su maestro tres veces antes del canto del gallo al amanecer. Al acabar la diligencia nocturna Jesús fue entregado a los guardias y sometido al escarnio, a los golpes, a los insultos y a los escupitajos de sus verdugos, antes de ser conducido ante el pleno del Sanedrín.

El Sanedrín o senado hebreo era el tribunal integrado por setenta ancianos doctos y rectores del pueblo, cuyo fundamento reside en el libro de los Números, capítulo XI, versículo 16. Reunido el Sanedrín en casa de Caifás, la suerte de Jesús ya estaba echada. En un juicio sumarísimo, o cuando menos apresurado, dice San Lucas que todos dijeron: “Entonces, tú eres el hijo de Dios”, y él les contestó: “Ustedes dicen que lo soy”. “Qué otro testimonio necesitamos, puesto que nosotros mismos hemos oído esto de su boca”. Huelga decir que ni siquiera el Sanedrín tenía derecho, de acuerdo con la legislación romana, a reunirse para juzgar una causa que implicara la imposición de la pena capital, por lo que el alto tribunal judío usurpó facultades jurisdiccionales, motivo suficiente para nulificar el enjuiciamiento de Jesús, por ello tuvieron que pasar la causa a la jurisdicción romana cuyo representante era Poncio Pilatos.

Cuando presentaron a Jesús ante Poncio Pilatos, se le imputa mañosamente y por segunda ocasión, un delito de carácter político considerado como grave para el Derecho Romano, pues la finalidad de llevar a los reos ante el pretor del imperio era para efectos de la homologación de la pena, que no estaba prevista en el Derecho Romano porque no tipificaba el delito de blasfemia en su legislación, por lo que era a todas luces improcedente homologar o imponer una sanción para un delito que no estaba previsto en sus leyes. No obstante, Pilatos, el funcionario público timorato más apegado a su puesto que al cumplimiento cabal de la ley, a pesar de reconocer que no encontraba ninguno de los crímenes que se le atribuían a Jesús, soltó mejor a Barrabás; y a Cristo lo entregó para que fuera crucificado.

Entonces sus captores, en una aberrante acción antijurídica, se llevaron a Jesús otra vez frente a la cohorte romana y lo desnudaron y le pusieron encima una capa color escarlata y trenzaron una corona de espinas, tras lo cual echaron sobre su sangrante espalda el madero de la cruz camino al Calvario. Allá en el Gólgota todavía tuvo tiempo Jesús para implorar perdón para sus enemigos; encargó el cuidado filial de su madre a su discípulo Juan y prometió el paraíso a Dimas, el ladrón arrepentido. Por autorización de Pilatos se inscribió en la parte superior de la cruz el motivo de la ejecución: “Jesús nazareno, rey de los judíos”.

Sin profundizar en otros autores como Paul Winter, Carlos Glade y Jaim Cohen, inclusive el mexicano Ignacio Burgoa, que han hecho estudios minuciosos sobre el enjuiciamiento criminal de Jesús, y con base solamente en los relatos sobre el tema de los cuatro evangelistas canónicos, se puede concluir este artículo sosteniendo las siguientes afirmaciones: a).- De acuerdo a la legislación hebrea y romana aplicables, el proceso jurídico de Jesús fue completamente ilegal; b).- Jesús fue arrestado de noche y sin una orden de aprehensión motivada y fundamentada; c).- En cuanto lo arrestaron, Jesús fue llevado a la casa de Anás y fue interrogado a solas, por la noche, y por alguien que no tenía autoridad jurisdiccional; d).- La instrucción del proceso en la residencia de Caifás se llevó por la madrugada, violando los principios de defensa, publicidad y diurnidad, previstos en la legislación hebrea; e).- Los testigos que lo acusaron,
Ananías y Achazías eran falsos, de oídas y divergentes en cuanto a sus dichos; f).- El Sanedrín sesionó y condenó a Jesús en un lugar no autorizado legalmente; g).- El Sanedrín, de acuerdo con la legislación romana, carecía de facultades para imponer la pena capital sin autorización de las autoridades imperiales; h).- Era improcedente la ejecución de la pena de muerte por crucifixión, porque el delito de blasfemia por el que lo sentenciaron los judíos era castigado con la pena de muerte por apedreamiento; i).- El pretor romano ilegalmente entregó a Jesús para que lo crucificaran, porque la blasfemia no estaba tipificado como delito en el orden jurídico latino y el propio Pilatos reconoció que no encontró delito alguno en ese hombre. J).- Realmente ante Pilatos no se llevó a cabo ningún juicio, sino más bien una fuerte discusión entre los sumos sacerdotes y la muchedumbre con el procurador romano.

Finalmente, y al margen de conclusiones jurídicas conviene advertirle al lector que el enjuiciamiento criminal de Jesús, su muerte y sobre todo su resurrección constituyen un hito en la historia del mundo que dividió el tiempo en dos: en antes y en el después de Cristo; y en lo tocante al mensaje e influencia del cristianismo en el ámbito del derecho romano, puede decirse que cambió la concepción positivista de la ley por un iusnaturalismo más acendrado y ético. Sin duda, y esa es mi conclusión, le debemos al cristianismo y a la iglesia por él fundada el concepto latino de “Derecho”, que significa recto, lo que es conforme a la regla, en contraposición al ius tradicional romano, que contiene un sentido más positivo de la justicia y la ley.